Extranjería

Trabajar desde la Costa del Sol: el visado de nómada digital y la Ley Beckham

Cada vez vemos el mismo perfil: profesionales que trabajan en remoto y deciden hacerlo desde la Costa del Sol. Para ellos hay dos piezas que, bien combinadas, cambian mucho la ecuación: el visado que les permite estar aquí y el régimen fiscal que les permite pagar menos.

El visado de nómada digital. Creado por la Ley 28/2022 de startups, está pensado para quien trabaja a distancia para empresas de fuera de España. Exige acreditar la relación laboral o profesional con antigüedad, unos ingresos mínimos (ligados al salario mínimo) y seguro médico. Permite residir y, en muchos casos, abre la puerta a la residencia a medio plazo.

La Ley Beckham, el imán fiscal. Es el régimen especial de impatriados del artículo 93 de la Ley del IRPF. Permite a quien se traslada a España por motivos de trabajo tributar a un tipo fijo del 24% sobre los rendimientos del trabajo hasta 600.000 euros (y 47% por encima), durante el año de llegada y los cinco siguientes, en lugar de la escala general. La gran reforma vino con la Ley 28/2022, que redujo de diez a cinco años el periodo previo de no residencia y abrió el régimen a nómadas digitales, administradores y otros perfiles.

Análisis jurídico. El detalle que marca la diferencia: no basta con mudarse. Para la Ley Beckham no puedes haber sido residente fiscal en España en los cinco años anteriores, el traslado debe tener una causa laboral admitida, y hay que ejercer la opción en plazo (en los seis meses siguientes al alta en la Seguridad Social). Además, el régimen no exime la renta mundial de forma general; el trabajo se trata de forma particular. Y el visado y la fiscalidad van de la mano: encajarlos mal puede dejarte fuera del 24% justo el año que más ingresas. Por eso lo estudiamos de forma conjunta, antes de la mudanza.

¿Vas a trasladarte a trabajar desde España? Revisamos tu visado y tu Ley Beckham antes de que des el paso.

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